Desde el 1 de noviembre la guía de despacho se emite cuando sale el camión: qué cambia con la Resolución 154 del SII
Resolución 154 del SII: desde el 1 de noviembre la guía de despacho lleva chofer, patente y hora de salida. Multas en pesos y cómo cumplir en tu operación.
28/09/2026, Pablo Weippert | Fundador Factor-AI

Desde el 1 de noviembre de 2026, cada guía de despacho que ampare un traslado de bienes tiene que llevar el nombre y RUT del chofer, la patente del vehículo, el origen y destino exactos, y la fecha y hora en que empieza el traslado. Lo exige la Resolución Exenta N°154 del SII, que iba a regir en mayo y se postergó a noviembre. Una guía emitida sin esos requisitos se multa con hasta una UTA, unos $860.652, y un camión que va sin la guía correspondiente no puede seguir a su destino mientras no la exhiba.
Pero el cambio que más le va a costar a una pyme no está en la lista de campos nuevos. Está en una línea de la resolución que casi nadie está destacando: la fecha y la hora de la guía deben corresponder al inicio del traslado. O sea, la guía ya no se emite cuando vendes. Se emite cuando sale el camión.

Acá va qué cambia exactamente, cuánto cuestan las multas en pesos, y cómo resolverlo en la operación, que es donde está el problema de verdad. Y si ya lo tienes claro y necesitas emitirla bien, acá está el manual campo por campo, con los nueve tipos de traslado.
Qué cambia el 1 de noviembre
El SII publicó la Resolución Exenta N°154 el 5 de noviembre de 2025, con nuevos requisitos para las facturas y guías de despacho que respaldan el traslado de bienes afectos a IVA. Debía regir el 1 de mayo de 2026. El 10 de abril, la Resolución Exenta N°52 la corrió al 1 de noviembre de 2026, y dejó explícito que las sanciones también se aplican a los incumplimientos desde esa fecha.
Hasta el 31 de octubre se sigue emitiendo como siempre. Desde el 1 de noviembre, rige completa.
El tema es lo bastante serio como para que el SII abriera en abril una mesa de trabajo con la Cámara Nacional de Comercio para facilitar la implementación. Su argumento es la trazabilidad: saber qué se mueve, en qué camión, quién lo maneja, desde dónde y hacia dónde.
Los datos nuevos que debe llevar la guía
Según la resolución, además de lo que ya exigía la ley, la guía de despacho o la factura que ampare un traslado debe incluir:
- Origen y destino efectivo del traslado, con dirección y comuna.
- El chofer, con nombre completo y cédula de identidad, y el RUT del transportista.
- La patente del vehículo, y la del carro si hay remolque o semirremolque. Si no conoces la patente, tienes que decirlo expresamente en el documento.
- Descripción precisa de lo que se traslada: cantidad de unidades, peso o volumen, descripción y precio unitario. En traslados que no son venta se puede omitir el precio, pero hay que explicar el motivo.
- El tipo de traslado, entre ocho categorías: venta, venta por efectuar, consignación, entrega gratuita, traslado interno, otros traslados no venta, traslado para exportación y venta para exportación.
- Fecha y hora de salida, y fecha de llegada. El formato electrónico ya tiene campos para eso.
Si usas un sistema de facturación de mercado, estos campos existen en el formato del SII. La pregunta no es si tu software los tiene. La pregunta es si alguien los va a llenar bien, en el momento correcto, en cada guía.
El cambio que más le va a doler a una pyme: la guía se emite cuando sale el camión
Hay tres reglas en la resolución que cambian la forma de trabajar, no solo el formulario.
La hora de la guía es la hora de salida. La resolución dice textual que la fecha de emisión y la hora consignada deben corresponder al día y hora del inicio del traslado. Hoy muchas pymes emiten la guía en la oficina cuando se cierra la venta, o el día anterior, y el camión sale cuando sale. Desde noviembre eso no calza. Un matiz para ser precisos: el formato del SII trae campos propios para la fecha y hora de salida, y en el ejemplo que publica el mismo SII la emisión es un día antes que la salida. Hasta que lo aclare, lo seguro es emitir al despachar, con la fecha y hora de salida reales.
Una guía por traslado y por vehículo. No se puede usar la misma guía para varios viajes en días distintos ni en vehículos distintos. Si el traslado dura más de un día, la guía tiene que decir que es un traslado prolongado y la fecha estimada de entrega; si no lo dice, solo vale para el día en que se emitió.
Si algo cambia, se emite una nueva. Si a última hora cambia el chofer o el camión, hay que emitir una guía nueva que haga referencia a la anterior, y anular la anterior en el registro. Para una operación con despachos diarios, eso pasa más seguido de lo que parece.
Y una cuarta, que es administrativa: hay que llevar un libro de guías de despacho actualizado, con las vigentes y las anuladas, disponible para el SII. Si usas el sistema gratuito del SII, el historial ya queda ahí. Si usas otro sistema, lo llevas tú. Ojo si emites en el sistema gratuito: al 13 de octubre su formulario todavía no tiene campo para la hora de salida.
Cuánto son las multas, en pesos
La propia resolución dice qué artículo del Código Tributario aplica a cada caso. Con la UTM de septiembre de 2026, que es de $71.721, una UTA equivale a unos $860.652.
| Qué pasa | Artículo | Multa |
|---|---|---|
| Emitir la guía sin los nuevos requisitos | 109 | Entre $8.607 y $860.652 por infracción |
| Trasladar sin la guía correspondiente | 97 N°17 | Entre $86.065 y $1.721.304, y el vehículo no puede seguir a su destino mientras no la exhiba |
| No emitir la guía o la factura | 97 N°10 | 50% a 500% de la operación, con mínimo de $143.442 y máximo de $34.426.080, más clausura de hasta 20 días |
La multa por una guía incompleta parece baja. El problema es que se cuenta por guía, y una empresa que despacha veinte veces al día emite veinte guías al día. Pero el costo que más duele no está en la tabla: es el camión detenido en la ruta con la carga del cliente arriba, mientras alguien en la oficina intenta emitir la guía correcta.
El problema no es el software de facturación
Casi todo lo que se ha publicado sobre la Resolución 154 lo escriben proveedores de facturación y estudios tributarios, y explican bien qué campos cambian. Lo que no explican es de dónde sale el dato.
Piensa quién sabe cada cosa en una pyme típica:
- Lo que se vendió lo sabe el sistema de ventas o la planilla.
- El chofer y la patente los sabe el encargado de despacho, o el propio chofer, y muchas veces se deciden esa misma mañana.
- La hora de salida solo la sabe quien está en la bodega cuando el camión parte.
- El destino exacto a veces está en un WhatsApp del cliente, no en el sistema.
El facturador emite lo que le entregan. Si la persona que emite está en la oficina y el camión está en la bodega, la guía va a salir incompleta, tarde o con la hora equivocada. Eso no se arregla actualizando el software. Se arregla haciendo que el dato llegue completo al momento de emitir.
Cómo resolverlo sin sumar a nadie al equipo
Hay tres niveles, del más simple al más automatizado. Cualquiera sirve si se hace antes del 1 de noviembre.
Nivel 1: ordenar el proceso. Definir quién emite la guía y en qué momento: en bodega, al cargar, no en la oficina al vender. Tener a mano la lista de choferes con RUT y la de vehículos con patente. Es gratis y resuelve buena parte del problema.
Nivel 2: que el dato viaje con el despacho. Una planilla o formulario de despacho que se llena al cargar el camión, con chofer, patente, destino y hora, y de donde sale la guía. El error típico que evita es el de digitar a mano el RUT del chofer veinte veces al día.
Nivel 3: automatizarlo. El encargado o el chofer avisa por WhatsApp que el camión está cargado y va a salir. Un flujo toma el pedido, completa chofer, patente, origen, destino y hora, valida que no falte nada antes de emitir, y, si tu sistema de facturación tiene API, genera la guía en ese momento. El mismo flujo lleva el libro de guías al día y avisa si una guía quedó sin cerrar.
Un límite que conviene tener claro, y que en Factor-AI decimos siempre: nosotros no emitimos documentos tributarios. Eso lo hace tu sistema de facturación o el del SII. Lo que automatizamos es que el dato llegue completo y validado a tu facturador, que es justo donde se van a producir los errores desde noviembre.
Y un detalle de paso: el nombre y la cédula del chofer son datos personales. Si los vas a guardar en una planilla o en un sistema, la Ley 21.719 también te pide saber dónde quedan y quién los ve.
Qué haría esta semana
Queda un mes. Esto es lo que revisaría, en orden:
- Cuenta cuántas guías emites al día y quién las emite. Si la respuesta es "la persona de administración, en la oficina", ahí está el riesgo.
- Arma la lista de choferes y vehículos, con RUT, cédula y patentes, incluidos los transportistas externos que contratas.
- Define el momento de emisión: al salir el camión, no al vender.
- Pregúntale a tu proveedor de facturación si ya tiene habilitados los campos de chofer, patente, tipo de traslado y horario, y cómo se llenan.
- Decide cómo vas a manejar los cambios de última hora, porque cada cambio de chofer o camión es una guía nueva y una anulada.
- Haz una prueba antes de noviembre. La resolución permite aplicar las nuevas exigencias de forma voluntaria desde ya. Mejor equivocarse en octubre que en un control en ruta.
A quiénes no afecta
La resolución no aplica a los traslados que se documentan con boletas, según el artículo 55 de la Ley del IVA, ni a los comerciantes de ferias libres acogidos a su régimen especial. Si tu negocio vende al consumidor final y entrega con boleta, este cambio no te toca directamente.
Qué significa para tu empresa
La Resolución 154 no te obliga a cambiar de software. Te obliga a que el dato de cada despacho exista, esté completo y llegue a tiempo a quien emite la guía. En la mayoría de las pymes ese dato hoy está repartido entre una planilla, el WhatsApp del chofer y la memoria de alguien.
Si despachas todos los días y quieres ver cómo conectar ese dato con tu facturador sin sumar gente, así funciona el Back Office Inteligente, que valida los documentos antes de que salgan. Y si despachas poco, te lo decimos derecho: con ordenar el proceso del nivel 1 probablemente te alcanza.
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Preguntas frecuentes
¿Desde cuándo rigen los nuevos requisitos de la guía de despacho?
Desde el 1 de noviembre de 2026. La Resolución Exenta N°154 del SII, publicada el 5 de noviembre de 2025, iba a regir el 1 de mayo de 2026, pero la Resolución Exenta N°52 del 10 de abril de 2026 postergó su entrada en vigencia al 1 de noviembre de 2026, y las sanciones también se aplican a los incumplimientos desde esa fecha. Hasta el 31 de octubre se emite con la normativa anterior, aunque se pueden aplicar las nuevas exigencias de forma voluntaria.
¿Qué datos nuevos debe llevar la guía de despacho desde noviembre de 2026?
El origen y destino efectivo del traslado con dirección y comuna; el nombre completo y cédula de identidad del chofer y el RUT del transportista; la patente del vehículo y del carro, o la indicación expresa de que no se conoce; la descripción precisa de los bienes con cantidad, peso o volumen y precio unitario; el tipo de traslado entre ocho categorías; y la fecha y hora de salida y la fecha de llegada. La fecha y hora de emisión deben corresponder al inicio del traslado.
¿Cuál es la multa por emitir una guía de despacho sin los nuevos requisitos?
Según la Resolución 154, la emisión de guías o facturas sin cumplir sus requisitos se sanciona por el artículo 109 del Código Tributario, con una multa de 1% a 100% de una UTA por infracción: entre $8.607 y $860.652 con la UTM de septiembre de 2026. Trasladar sin la guía correspondiente se sanciona por el artículo 97 N°17, con multa de 10% a 200% de una UTA, y el vehículo no puede seguir a su destino mientras no exhiba la guía.
¿Puedo usar la misma guía de despacho para varios viajes?
No. Desde el 1 de noviembre de 2026 debe emitirse una guía de despacho única por cada traslado y por cada vehículo; no se puede usar la misma guía para traslados en días distintos ni en vehículos distintos. Si un traslado dura más de un día puede ir con una sola guía, siempre que indique que es un traslado prolongado y la fecha estimada de entrega. Si cambia el chofer o el vehículo, hay que emitir una guía nueva que haga referencia a la anterior y anular la anterior.
¿Qué pasa si no sé la patente del camión al emitir la guía de despacho?
La Resolución 154 permite emitirla igual, pero exige señalar en forma expresa en el documento que no se conoce la patente del vehículo o del carro. Como la guía debe emitirse al inicio del traslado, lo recomendable es emitirla cuando el camión ya está asignado, para incluir chofer y patente reales. Si esos datos cambian después de emitida, hay que emitir una nueva guía.